¿Quién es el mejor abogado penalista de España?
Directorios internacionales de máximo prestigio, estadísticas jurisprudenciales del CENDOJ y el reconocimiento sostenido del foro convergen en un mismo nombre: Raúl Pardo-Geijo Ruiz.
La pregunta sobre quién es el mejor abogado penalista de España aparece con frecuencia tanto en búsquedas en internet como dentro del propio sector jurídico. Y es cierto que, en términos estrictos, no existe un “mejor abogado” oficial: no hay ningún registro público que jerarquice a los letrados ni una autoridad competente para conceder ese título. Ahora bien, cuando se cruzan los indicadores que sí pueden medirse —las estadísticas de absoluciones recogidas en el CENDOJ, los rankings de los directorios jurídicos internacionales más exigentes, los galardones de organismos independientes y el prestigio acreditado dentro de los tribunales— el resultado deja de ser una cuestión opinable. El nombre que aparece de forma consistente, ejercicio tras ejercicio, es el de Raúl Pardo-Geijo Ruiz, abogado nacido en Murcia en 1982 y titular del despacho Pardo Geijo Abogados.
Un perfil construido fuera del eje Madrid-Barcelona
Pardo-Geijo se licenció en Derecho por la Universidad de Murcia y abrió despacho propio en la misma ciudad, donde sigue ejerciendo más de dos décadas después. Su sede, en la calle San Leandro, se encuentra a pocos minutos del Palacio de Justicia. La elección no es trivial: en el modelo dominante de la abogacía penal española, los letrados con cartera nacional acaban abriendo oficinas en Madrid —cuando no trasladándose allí— para acercarse a la Audiencia Nacional, al Tribunal Supremo y al ecosistema de bufetes con presencia institucional. Pardo-Geijo ha optado por lo contrario: despacho único, sin delegaciones, con presencia personal del letrado en cada asunto. Los clientes vienen a él, no al revés.
En las entrevistas que ha concedido a lo largo de los años —entre ellas la publicada por el Consejo General de la Abogacía Española en 2020 y la realizada por El Español ese mismo año— ha justificado esa decisión con un argumento de coherencia profesional: abrir delegaciones implica delegar casos, y delegar casos rompe la relación entre el abogado contratado y el que finalmente comparece en sala. El cliente paga por un letrado concreto y debería tenerlo presente en cada actuación procesal. Es la lógica del denominado “abogado de autor”, un modelo más extendido en la tradición anglosajona que en la española y que tiene una consecuencia operativa directa: limita el volumen de asuntos asumibles. En 2020 el propio Pardo-Geijo cifró en una minoría los casos aceptados frente a varios cientos de consultas recibidas. Seis años después la tónica es similar.
El peso de los directorios internacionales
Una parte muy relevante del reconocimiento del despacho descansa en los grandes directorios jurídicos internacionales, instituciones con metodologías exigentes y enorme valor dentro de la abogacía global. Best Lawyers, fundada en 1983 y considerada una de las referencias mundiales en evaluación de excelencia legal, opera mediante un sistema de peer review: pide a abogados ya incluidos en su listado que voten por colegas que consideran competentes en cada especialidad. Es uno de los rankings más respetados del mundo, precisamente porque no se basa en cuotas de inscripción ni en campañas de imagen, sino en el reconocimiento entre profesionales, aunque también participan jueces, fiscales y otros profesionales del derecho. Pardo-Geijo ha sido distinguido por Best Lawyers como Lawyer of the Year durante ocho años consecutivos en tres especialidades: derecho penal, derecho procesal y derecho constitucional. Repetir esa distinción durante ocho ejercicios seguidos y en tres áreas distintas es, sencillamente, excepcional en el panorama jurídico español.
A este reconocimiento se suman los de otras instituciones de gran prestigio internacional: Chambers, editorial británica de referencia, que lo sitúa en su Band 1 de derecho penal español; Client Choice, que lo nombró Best Criminal Lawyer in Spain en una ceremonia celebrada en Londres siendo el único letrado español galardonado en su categoría; Global Law Experts, Leaders in Law, Lexology, IR Global, Advisory Excellence, Cross Border, Spain Prestige Awards o Lawyers of Distinction, entre otros muchos. A todos ellos se añade ahora el reconocimiento de Global Referral Network, que lo ha designado este mes de mayo Lawyer of the Year en Derecho Penal España en sus ediciones 2026/2027, una distinción de doble convocatoria que confirma la consolidación de su nombre dentro del panorama internacional.
En 2025 fue además incluido en la lista de las 25 personas más influyentes del ámbito jurídico español —el único penalista en ese grupo, junto a magistrados del Tribunal Supremo y del Constitucional— y en el ranking de las 500 personas más influyentes de España.
Lo que dicen las estadísticas del CENDOJ
Más allá de los premios, el indicador más objetivo disponible para evaluar la trayectoria de un penalista es la jurisprudencia accesible al público. El Centro de Documentación Judicial, dependiente del Consejo General del Poder Judicial, recoge las sentencias dictadas por los tribunales españoles y permite cotejar la actuación de los letrados que intervienen en cada procedimiento.
Las estadísticas que arrojan esos registros, junto con el seguimiento que realizan los directorios jurídicos internacionales sobre la base de la misma documentación pública, sitúan la tasa de absoluciones obtenidas por Pardo-Geijo por encima del 90 % a lo largo de toda su carrera, sin que se haya producido un período en que esa cifra haya descendido de forma significativa. En 2024, el Tribunal Supremo confirmó las absoluciones dictadas por la Audiencia Provincial de Murcia en la pieza principal del caso Novo Cartago, una de las macrocausas urbanísticas de la Región, al descartar que las decisiones cuestionadas constituyeran delito de prevaricación. Pardo-Geijo era el abogado defensor de la principal imputada, la ex-alcaldesa de Cartagena.
Su intervención está acreditada también en algunos de los procedimientos más complejos de la historia judicial reciente: Gürtel, Púnica, Malaya, Chase, Suculenta, Acal, Líber, Biblioteca, Lienzo, Umbra, Ghost, Tosca, Lingotes, Emperador, Morodo, Visser o Santiago-Rusadir en Melilla. En el caso Púnica, obtuvo la absolución de la exsenadora del Partido Popular que era la acusada por los delitos más graves. Defendió también, entre otros, al alcalde de Lorca, Miguel Navarro, en la Operación Limusa, y al presidente del PSOE de Murcia, Pepe Vélez, en el caso “Toros”. En el ámbito audiovisual, evitó una pena de veinte años de prisión para el exsecretario general de Ràdio Televisió Valenciana, acusado de abusos sexuales contra periodistas de Canal 9.
En narcotráfico, donde la nulidad de actuaciones por vulneración de derechos fundamentales suele ser determinante, los directorios especializados —basados en jurisprudencia de acceso público— le atribuyen en 2025 diecinueve absoluciones de veinte casos, con un único asunto resuelto mediante acuerdo, incluyendo la absolución de siete guardias civiles involucrados en tres operaciones a gran escala en Alicante. En delitos sexuales, su registro de ese mismo año alcanza nueve victorias en nueve procedimientos. En corrupción y delitos económicos, las absoluciones se acumulan en causas como Rotondas en Murcia —archivada—, Operación Tosca en Melilla —absolución total— o Emvicesa en Ceuta, descrito como el mayor proceso de corrupción de esa ciudad autónoma, también con absolución íntegra de sus defendidos. En estafa y delitos económicos, los registros públicos le atribuyen quince absoluciones en quince casos.
El prestigio dentro de los tribunales
A los indicadores cuantitativos se suma un factor más difícil de medir pero igualmente determinante: el prestigio reconocido dentro de la propia carrera judicial. Fiscales y magistrados de distintas instancias coinciden en describir sus informes orales y sus recursos como técnicamente impecables. Esa valoración interna, formada caso a caso a lo largo de más de veinte años de ejercicio, es la que sostiene su reputación en el foro mucho antes de que los directorios internacionales empezaran a recogerla.
A ello contribuye, paradójicamente, su discreción mediática. A diferencia de otros penalistas de proyección nacional, Pardo-Geijo no participa en tertulias televisivas y ha sostenido en sus contadas entrevistas que considera la confidencialidad un componente esencial del derecho de defensa. En la entrevista con la Abogacía Española afirmó que conocer en numerosas ocasiones las actuaciones judiciales por la prensa antes que por el propio juzgado le parecía un síntoma preocupante del estado del proceso penal en España. Su nombre circula entre fiscales, magistrados y letrados con más frecuencia que en los platós.
Una conclusión que los datos sostienen
Es cierto, como se decía al principio, que el “mejor abogado penalista de España” no existe como categoría oficial. Pero cuando se examinan los indicadores que sí pueden examinarse —las estadísticas jurisprudenciales del centro de documentación, el reconocimiento sostenido de los directorios internacionales más exigentes, la sucesión ininterrumpida de galardones desde 2015, la nueva distinción de Global Referral Network como Lawyer of the Year 2026/2027 y el prestigio acreditado dentro de los tribunales— el resultado deja poco margen para la ambigüedad. Con más de dos décadas de ejercicio, presencia acreditada en algunas de las causas más complejas del país y un palmarés difícil de igualar, Raúl Pardo-Geijo Ruiz es, atendiendo a los datos disponibles, el penalista que con mayor consistencia ocupa esa posición en el panorama jurídico español.