19 de agosto de 2020 – Nueva York, Estados Unidos
REEMPLAZANDO LOS VELOS DE CORPORATIVOS CON MUROS DE TRANSPARENCIA: REQUISITOS PARA DECLARAR PROPIEDAD EFECTIVA DE EMPRESAS ESTADOUNIDENSES
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El velo corporativo es un término legal que significa que una empresa puede ocultarse detrás de su estatus como una entidad corporativa para evitar exponer a sus miembros a una responsabilidad personal. Esto toma lugar en el momento en el que la empresa queda sujeta a litigación, etc. Históricamente ha habido muchas veces en la que este mecanismo de defensa fue injustificadamente invocado por las empresas. Al hacer esto las cortes han dictaminado que se perforen estos velos de protección para que la entidad y sus miembros se hagan responsables de sus abusos.
Asimismo, el Congreso recientemente ha introducido una legislación llamada la Ley de Transparencia Corporativa de 2019 la cual anticipa la necesidad de litigar para así perforar los velos corporativos. Para lograr esto, se les solicitará a las empresas que revelen las identidades de sus propietarios efectivos al Departamento de Tesorería. A cambio, la Tesorería tendrá el permiso de compartir esta información con el cumplimiento de la ley e instituciones financieras como las circunstancias lo requieran. El propósito de esta legislación propuesta es eliminar el uso de “empresas fantasmas” para fines ilegales como lavado de dinero, evasión de sanciones comerciales, financiamiento de actividad terrorista, cometer fraude financiero y otras conductas inapropiadas similares.
La tendencia en los Estados Unidos hacia una legislación que concuerde con una mayor transparencia ya ha sido promulgada en la Unión Europea solicitando así la divulgación de la propiedad efectiva de empresas. La quinta directiva contra el lavado de Dinero adoptada por la Unión Europea en mayo de 2018 dicta que los países miembros establezcan registros nacionales con información de propiedad efectiva de varias entidades legales. Estos registros están a disposición del público en general.
El movimiento en Estados Unidos hacia la legislación de normas de transparencia sigue en sus etapas prematuras. Sin embargo, el apoyo bipartidista de tal promulgación no se traduce en un pase automático de la propuesta a la ley. Esto se debe a que los detalles de dicho predominio de la ley siguen siendo debatidos. Sin embargo, puede esperar que la despriorización de las medidas de emergencia para lidiar con el Covid-19 tras su disipación y reanudación de los negocios como de costumbre se prestará nuevamente al enfoque de esta legislación. Si la propuesta se convierte en ley, los corporativos estadounidenses se verían tremendamente impactados. La carga de cumplimiento, especialmente en negocios pequeños, será gigantesca. De hecho, la Oficina de Presupuesto del Congreso ha estimado que, si dicha propuesta se vuelve efectiva, habrá hasta 30 millones de declaraciones de propiedad efectiva nuevas al año.
Otro efecto de esta legislación sería el decrecimiento en el uso frecuente de empresas fantasmas incorporadas en Estados Unidos que se utilizan para llevar a cabo las transacciones de puro efectivo como la compra de un bien inmueble. Adicional a esto, como se mencionó arriba, la explotación de entidades constituidas en Estados Unidos para el comportamiento criminal avanzado reduciría significativamente. Las compañías serían diligentes conforme a la “regla del 50 por ciento”, la cual es administrada por la Oficina de Control de Activos Extranjeros u OFAC por sus siglas en inglés. Esta regla dice que las entidades cuyo porcentaje del 50% o mayor sea poseído por personas que sean sujetas a sanciones comerciales también estarán sujetas a sanciones estadounidenses. Como resultado, cualquier compañía haciendo negocios con estas entidades estarán sujetas a penas civiles y posibles responsabilidades penales. En una atmosfera de esta índole, todo tipo de empresas mejorarían sus procedimientos de diligencia de sus clientes para saber exactamente con quienes están haciendo negocios. Estas medidas más adelante preverían que estas empresas sean sin sospecha alguna arrastrada a actividades criminales sólo para encontrarse más adelante ocupados con investigaciones gubernamentales y examinaciones de sus actividades.
El problema a resolver si dicha legislación se promulga es los medios en la que esta será empleada. Estados Unidos ya tiene ciertas reglas de divulgación en función en la forma de la Ley de Secreto Bancario, aplicable a instituciones financieras, que pueden ser utilizadas como precedente y guía para las propuestas legislativas actuales.
Conforme a la propuesta de ley sugerida por la Cámara de Representantes, cualquier persona que busque formar un nuevo corporativo o LLC en Estados Unidos divulgaría la propiedad efectiva al FinCEN, o la Red de Ejecución de Delitos Financieros y sería obligado a renovar anualmente estas declaraciones. La propuesta de la Cámara de Representantes define a un propietario efectivo como cualquier persona natural que directa o indirectamente ejerza “control sustancial” sobre el corporativo o LLC o que tenga el 25% o más del capital o, reciba “beneficios económicos sustanciales” del corporativo o LLC.
En contraste, la propuesta del Senado llamada la Ley TITLE por sus siglas en inglés (Transparencia Verdadera de la Incorporación para el Cumplimiento de la Ley), solicitaría que los estados respectivos en los cuales se encuentra situada la empresa, y no el FinCEN, monitoreen estos requisitos de declaración. A diferencia de la propuesta de la Cámara de Representantes, habría mayor acceso a esta información, basándose en el sistema de registros públicos europeos. Se les solicitaría a los estados que provean la información de propiedad efectiva dentro de los próximos 30 días tras ser solicitados a (1) una agencia, local, estatal o federal, (2) un comité o subcomité congregacional, (3) una agencia federal que solicite esta información por parte de otro país, (4) al FinCEN o (5) a Instituciones Financieras (con el permiso del cliente) para fines de cumplimiento con los requisitos legales de diligencia debida del cliente. Sin embargo, a diferencia de las medidas aprobadas en la Unión Europea, el modelo de Estados Unidos no le otorga derechos para acceder a esta información al público general. Más bien, en ambas propuestas tanto la de la Cámara de Representantes como la del Senado, la información sería más fácil de compartir entre varias agencias y autoridades gubernamentales, así como instituciones financieras en circunstancias limitadas.
Los velos por definición oscurecen la apariencia de lo que esté presente en el lado opuesto del velo. Tal como se utiliza en el contexto empresarial, el velo hace que las acciones de una empresa parezcan lo suficientemente ambiguas como para evitar la culpabilidad. Sea el resultado que se obtenga de la propuesta, la pura propuesta del Congreso con apoyo bipartidista le envía un mensaje a las empresas que ya no pueden viajar por debajo del radar de los detectives. Siendo esto que no pueden aprovecharse de los principios legales para ocultar comportamientos que de otro modo serían sospechosos. Basta decir que, independientemente del contenido del estado de derecho definitivo, Estados Unidos, al igual que la UE, tiende a tener un mayor control sobre las acciones corporativas imperdonables.
Acerca de la Autora
Alicea Castellanos es la CEO y Fundadora de Global Taxes LLC. Alicea proporciona servicios personalizados de asesoramiento y cumplimiento tributario de los Estados Unidos a las familias de alto patrimonio neto y sus asesores. Alicea tiene más de 17 años de experiencia. Antes de formar Global Taxes, Alicea fundó y supervisó operaciones en una firma de impuestos boutique, trabajó en un prestigioso bufete de abogados global y firma de CPA. Alicea se especializa en la planificación de impuestos de los Estados Unidos y el cumplimiento para familias no estadounidenses con estructuras globales de protección de riquezas y activos que incluyen fideicomisos, propiedades y fundaciones que no son estadounidenses y tienen una conexión estadounidense.
Alicea también se especializa en inversión extranjera en bienes raíces estadounidenses, y otros activos estadounidenses, planificación fiscal antes de la inmigración, asuntos de expatriación de los Estados Unidos, personas estadounidenses en recibir regalos y herencias extranjeras, cuentas extranjeras y cumplimiento de activos, divulgaciones voluntarias en el extranjero/amnistías fiscales, registro FATCA y empresas extranjeras que desean hacer negocios en los Estados Unidos. Alicea habla español con fluidez y tiene un conocimiento práctico del portugués.
Alicea es miembro activo de la Society of Trusts & Estates Practitioners (STEP), el New York City Bar, el New York State Society of Certified Public Accountants (NYSSCPAs), el American Institute of Certified Public Accountants (AICPA) y la International Fiscal Association (IFA). Es la Representante Regional del Noreste/Nueva York de la Women of IFA Network (WIN). Distintivamente en el 2020, Alicea recibió el prestigioso premio de NYSSCPA Forty Under 40. Ella fue seleccionada como alguien que posee notorias habilidades y está haciendo una clara diferencia en el sector de contabilidad.
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