Más Expatriados Quieren Renunciar A La Ciudadanía Estadounidense – ¿Pero Qué Pasa Con Los Impuestos?
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El creciente interés de los estadounidenses que buscan mudarse al extranjero debería llevar a muchos de esos futuros expatriados a preguntarse por los impuestos en sus nuevos países de residencia.
Cada vez más estadounidenses parecen tener en mente mudarse al extranjero. Un cambio así implica prepararse para manejar muchos detalles. Desafortunadamente, planificar los impuestos personales en el nuevo país no siempre está entre ellos.
Prever las complicaciones fiscales que puede presentar un nuevo país puede ahorrarle muchos dolores de cabeza en el futuro. A continuación, un repaso fiscal de dos de los destinos más populares para nuevos expatriados estadounidenses.
México
Un residente fiscal es alguien que ha pasado más de 183 días en México en un año (días consecutivos o no), que ha establecido una residencia permanente en el país o que cumple con la prueba de lazos económicos, que puede incluir poseer una vivienda, tener un negocio o empleo en México o tener un cónyuge o dependientes que sean residentes fiscales.
El principal formulario fiscal individual para residentes es la Declaración Anual de Impuestos sobre la Renta, presentada mediante la Forma 22 cada año, el 30 de abril.
Los expatriados estadounidenses adinerados notarán primero que México no tiene impuesto a la herencia, sucesiones, donaciones o al patrimonio, entre otros. Algunas excepciones pueden afectar si alguien debe presentar impuestos en México. Los extranjeros que trabajen en el país y las personas que obtengan ingresos de fuentes mexicanas, como rentas o inversiones, deben declarar.
Las tasas de impuesto sobre la renta en México, al igual que en EE.UU., son progresivas, con un máximo de solo 30% para ingresos anuales de unos $392,842 (aprox. 7.327 millones de pesos, según la condición de residencia).
Un ciudadano o residente de EE.UU. puede aplicar un crédito fiscal extranjero en su declaración estadounidense por los impuestos pagados al gobierno mexicano. Existen acuerdos similares en materia de Seguridad Social entre ambos países.
Los expatriados también deben pagar impuestos estatales locales en el estado mexicano donde residan, normalmente entre 1% y 3%.
En México, la compensación no monetaria se considera gravable, incluidos los beneficios o impuestos que el empleador pague en nombre del trabajador.
México aplica un IVA sobre casi todos los bienes y servicios al menudeo. Al hacer compras, este impuesto suele añadirse al final del recibo, de forma similar al impuesto sobre ventas en EE.UU. En la mayoría del país, la tasa de IVA es 16%.
El país cuenta con un sistema de Seguridad Social al cual deben contribuir empleadores y empleados. Existe un Acuerdo de Seguridad Social entre México y EE.UU. que evita la doble tributación en contribuciones.
El IRS estadounidense también ofrece créditos y deducciones a los expatriados en México (y en otros países):
· Exclusión de Ingresos Devengados en el Extranjero (FEIE): permite excluir hasta $130,000 (en 2025) de ingresos ganados en el extranjero.
· Crédito Fiscal Extranjero: deduce dólar por dólar los impuestos sobre la renta pagados a gobiernos extranjeros.
· Exclusión por Vivienda en el Extranjero: permite deducir ciertos gastos de vivienda en el extranjero, siempre y cuando también se aplique la FEIE.
España
Notas generales para expatriados en España:
Realizar cualquier actividad económica en España o poseer bienes genera obligaciones fiscales.
El tratado fiscal EE.UU.-España busca evitar la doble tributación. Generalmente, los impuestos pagados en España pueden acreditarse contra los impuestos federales de EE.UU. sobre el mismo ingreso.
El año fiscal coincide con el año calendario. La declaración anual (declaración de la renta) se presenta del 1 de mayo al 30 de junio del año siguiente. Si gana menos de €22,000 al año y ese ingreso proviene de un único pagador, no necesita presentar declaración. Se requiere un NIE de la Agencia Tributaria española y determinar si se es residente fiscal.
Se considera residente fiscal si se cumple al menos uno de los siguientes:
· Vivir en España más de 183 días al año.
· Tener intereses económicos en España (actividad laboral o profesional).
· Tener cónyuge o hijos que residan en España.
Los empleados en España pueden beneficiarse de la Ley Beckham, creada para atraer talento internacional. Permite tributar como no residentes aunque vivan en España: solo se grava el ingreso generado dentro de España, con una tasa plana del 24% hasta €600,000 al año. No se gravan ingresos ni patrimonio en el extranjero.
Para calificar, no se puede haber residido en España durante los cinco años previos, se requiere un contrato de trabajo y que el trabajo se realice en territorio español (con ciertas flexibilidades).
España sí aplica impuestos sobre el patrimonio en determinados casos, aunque existe un mínimo exento de €700,000 (€300,000 para vivienda habitual).
Las ganancias de capital se calculan como la diferencia entre el precio de venta y el costo de adquisición del activo, ajustado por deducciones permitidas. Existen exenciones, como reinvertir la ganancia en otra vivienda principal en España en un plazo de dos años.
Residentes fiscales mayores de 65 años están exentos de pagar impuesto sobre ganancias de capital por la venta de su vivienda habitual, siempre que hayan vivido en ella al menos tres años.
Los mayores de 65 que reinviertan hasta €240,000 de la venta de cualquier activo en una renta vitalicia dentro de seis meses también están exentos.
Además, los no residentes que vendan inmuebles en España están sujetos a una retención del 3% sobre el precio de venta. Si el impuesto real es menor o si hubo pérdidas, se puede solicitar devolución del exceso.
Impuestos al comprar vivienda en España:
· Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): 8–10% en propiedades de segunda mano.
· IVA + Actos Jurídicos Documentados: 10% + 1.5% en viviendas nuevas.
· IVA general (IVA): 21% (10% y 4% en ciertos bienes; algunos productos están exentos).
Conclusión
El interés en la expatriación seguramente seguirá creciendo en EE.UU. Los expatriados pueden dar este paso, pero deben entender lo que significa para sus impuestos y para cada aspecto de su vida.
Próximamente: Reino Unido e Italia.
Su especialista fiscal debe mantenerse actualizado sobre este y otros temas relacionados con patrimonio, ingresos en el extranjero y cumplimiento fiscal. Si podemos ayudarle, háganoslo saber.
Acerca de la Autora
Alicea Castellanos es la CEO y Fundadora de Global Taxes LLC. Alicea proporciona servicios personalizados de asesoramiento y cumplimiento tributario de los Estados Unidos a las familias de alto patrimonio neto y sus asesores.
Alicea tiene más de 17 años de experiencia. Antes de formar Global Taxes, Alicea fundó y supervisó operaciones en una firma de impuestos boutique, trabajó en un prestigioso bufete de abogados global y firma de CPA. Alicea se especializa en la planificación de impuestos de los Estados Unidos y el cumplimiento para familias no estadounidenses con estructuras globales de protección de riquezas y activos que incluyen fideicomisos, propiedades y fundaciones que no son estadounidenses y tienen una conexión estadounidense.
Alicea también se especializa en inversión extranjera en bienes raíces estadounidenses, y otros activos estadounidenses, planificación fiscal antes de la inmigración, asuntos de expatriación de los Estados Unidos, personas estadounidenses en recibir regalos y herencias extranjeras, cuentas extranjeras y cumplimiento de activos, divulgaciones voluntarias en el extranjero/amnistías fiscales, registro FATCA y empresas extranjeras que desean hacer negocios en los Estados Unidos.
Alicea habla español con fluidez y tiene un conocimiento práctico del portugués.
Alicea es miembro activo de la Society of Trusts & Estates Practitioners (STEP), el New York State Society of Certified Public Accountants (NYSSCPAs), el American Institute of Certified Public Accountants (AICPA) y la International Fiscal Association (IFA), es miembro de Clarkson Hyde Global, una asociación mundial de contadores, auditores, especialistas fiscales y asesores financieros y de Global Referral Network (GRN).
Distintivamente en el 2020, Alicea recibió el prestigioso premio de NYSSCPA Forty Under 40. Ella fue seleccionada como alguien que posee notorias habilidades y está haciendo una clara diferencia en el sector de contabilidad.
En 2021 y 2022, Alicea fue la ganadora de oro y plata, respectivamente, de los premios Powerwomen de Citywealth en la categoría de Estados Unidos – Mujer del año – Crecimiento Empresarial (Boutique). En 2023, continuó su racha ganadora al recibir oro en la categoría de Empresa del Año Liderazgo Femenino (Boutique) y el premio de Plata a la Empresa de Contabilidad del Año en los Magic Circle Awards. Además, Alicea ha asegurado constantemente su posición en el Global Elite Directory durante cuatro años consecutivos, siendo reconocida como Asesora Global Elite de Cliente Privado y actualmente figura para 2024 como Asesora No Legal. Este directorio exclusivo destaca anualmente a los abogados de élite del mundo y a los destacados asesores patrimoniales que prestan servicios a clientes de altísimo patrimonio.
Por favor note que: Este contenido está intencionado únicamente con fines informativos y no es un reemplazo de contabilidad profesional o servicios preparatorios de impuestos. Consulte a su propio profesional en contabilidad, legalidad y fiscalidad para asesoramiento relacionado a su situación individual. Cualquier copia o reproducción de nuestra presentación está expresamente prohibida. Cualquier nombre o situación que haya sido recreada para fines ilustrativos —cualquier similitud con la realidad es mera coincidencia.